Como saben, recientemente se presentó la Estrategia Nacional de Cambio Climático en México. Creo que les puede interesarles descargar el documento en extenso aquí:
http://www.semarnat.gob.mx/queessemarnat/cambioclimatico/Pages/cicc.aspx
El documento plantea oportunidades de mitigación en generación y uso de la energía, así como en vegetación y uso de suelo. Además analiza la vulnerabilidad ante el cambio climático y las acciones de adaptación. Les dejo sólo un párrafo, del capítulo sobre la vulnerabilidad:
“En suma, prácticamente no existe un sólo sector de la economía, población, o región del país que quede liberada de los impactos adversos previsibles del cambio climático. Los riesgos son incrementales para la seguridad de asentamientos humanos (Gráfico 2.1.3) e infraestructuras, la industria turística costera es especialmente vulnerable, la salud pública, la producción de alimentos básicos, la disponibilidad y calidad del agua, la integridad de los ecosistemas, las infraestructuras de explotación petrolera, la generación y el suministro de energía.
Los impactos potenciales son entonces de carácter social, económico y ambiental y podrán adquirir dimensiones significativas en cuanto al grado en que frenen el desarrollo del país y de sus diversas regiones en un futuro próximo”.
Llama la atención el discurso sobre la adaptación. Evidentemente, es necesario y urgente tomar medidas en ese sentido. Pero, si es demasiado tarde para aplicar el Principio 15 ¿Cómo aplicar aquí el Principio 7 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992) sobre la responsabilidad común pero diferenciada? ¿Todos vamos a pagar por igual los “platos rotos” del cambio climático?
“Principio 7
Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los recursos financieros de que disponen.”
Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992)
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Los principios fueron reafirmados en la Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible (2002)
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Saludos cordiales:
Pedro Medellín Milán
Profesor de la UASLP
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